Magisterio de la Iglesia. Sobre la alimentación e hidratación artificiales

El Obispo de Alcalá de Henares, Mons. Juan Antonio Reig Pla, en orden a iluminar las conciencias de la porción del Pueblo de Dios que tiene encomendada, ha mandado publicar, de nuevo, en la página web oficial del Obispado el documento de la Congregación para la Doctrina de la Fe, expresamente aprobado por el Papa Benedicto XVI, en el que se dan las Respuestas a algunas preguntas de la Conferencia Episcopal Estadounidense sobre la alimentación e hidratación artificiales.


CONGREGACIÓN PARA LA DOCTRINA DE LA FE

RESPUESTAS A ALGUNAS PREGUNTAS
DE LA CONFERENCIA EPISCOPAL ESTADOUNIDENSE
SOBRE LA ALIMENTACIÓN E HIDRATACIÓN ARTIFICIALES

Primera pregunta: ¿Es moralmente obligatorio suministrar alimento y agua (por vías naturales o artificiales) al paciente en “estado vegetativo”, a menos que estos alimentos no puedan ser asimilados por el cuerpo del paciente o no se le puedan suministrar sin causar una notable molestia física?

Respuesta: Sí. Suministrar alimento y agua, incluso por vía artificial, es, en principio, un medio ordinario y proporcionado para la conservación de la vida. Por lo tanto es obligatorio en la medida y mientras se demuestre que cumple su propia finalidad, que consiste en procurar la hidratación y la nutrición del paciente. De ese modo se evita el sufrimiento y la muerte derivados de la inanición y la deshidratación.

Segunda pregunta: ¿Si la nutrición y la hidratación se suministran por vías artificiales a un paciente en “estado vegetativo permanente”, pueden ser interrumpidos cuando los médicos competentes juzgan con certeza moral que el paciente jamás recuperará la consciencia?

Respuesta: No. Un paciente en “estado vegetativo permanente” es una persona, con su dignidad humana fundamental, por lo cual se le deben los cuidados ordinarios y proporcionados que incluyen, en principio, la suministración de agua y alimentos, incluso por vías artificiales.

El Sumo Pontífice Benedicto XVI, en la audiencia concedida al infrascrito Cardenal Prefecto, ha aprobado las presentes Respuestas, decididas en la Sesión Ordinaria de la Congregación, y ha ordenado que sean publicadas.

Dado en Roma, en la sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el 1 de agosto de 2007.

William Cardenal Levada
Prefecto

Angelo Amato, S.D.B.
Arzobispo titular de Sila
Secretario

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Monográfico sobre la Eutanasia (PINCHAR AQUÍ)

http://www.fiamc.org/texts/congress-on-life-sustaining-treatments-and-vegetative-state-rome-17-20-march-2004-final-statement/