14 asociaciones piden al Gobierno y al Parlamento que dejen sin efecto  el registro obligatorio de objetores de conciencia 

Declaración sobre las limitaciones al derecho a la objeción de  conciencia que quiere imponer el Gobierno de la Generalitat 

El gobierno en funciones de la Generalitat de Catalunya ha acordado en su  última reunión de gobierno establecer un registro obligatorio de objetores de  conciencia al aborto. Consideramos que, dada la importancia del tema, es una  decisión que sobrepasa las competencias de mera gestión que tiene un  gobierno en funciones y vulnera derechos muy importantes en nuestra vida  común. 

El derecho a la objeción de conciencia es un pilar fundamental en las  sociedades democráticas. Está consagrado en numerosos marcos jurídicos  internacionales y nacionales. El artículo 18 de la Declaración Universal de los  Derechos Humanos y el artículo 9 del Convenio Europeo de Derechos  Humanos garantizan la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.  Asimismo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha reconocido la  objeción de conciencia en el contexto del servicio militar y en otras situaciones  en las que los mandatos legales podrían entrar en conflicto con las  convicciones personales profundas. El derecho a la protección y defensa de la  vida humana engendrada frente al aborto siempre ha sido una de estas  convicciones. 

La objeción de conciencia es, en esencia, el ejercicio del derecho a la  disidencia moral. Es un mecanismo mediante el cual los individuos pueden  abstenerse de participar en acciones que contravienen sus principios éticos,  religiosos o filosóficos. Esto no solo protege la integridad moral del individuo,  sino que también promueve una sociedad pluralista donde la diversidad de  creencias y valores puede coexistir y ser respetada. 

Este derecho permite a los individuos actuar en coherencia con sus principios  éticos incluso cuando estos se oponen a mandatos legales o administrativos.  En defensa de este derecho, resulta crucial oponerse a la pretendida  legitimidad con la que la administración pública crea listas de objetores, ya  que esta práctica vulnera derechos fundamentales y socava la confianza en las  instituciones. 

La creación de listas de objetores por parte de la administración pública  plantea serias vulneraciones éticas y jurídicas. Estas listas, que registran  individuos que ejercen su derecho a la objeción de conciencia, podrían ser  utilizadas para discriminar o estigmatizar a estas personas, afectando su  reputación y derechos laborales. Además, su existencia podría disuadir a  individuos de ejercer este derecho por miedo a represalias. 

Desde un punto de vista jurídico, la recopilación de datos sobre objetores de  conciencia sin su consentimiento expreso viola el derecho a la privacidad y a la  protección de datos personales garantizados en numerosos instrumentos  legales, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la  Unión Europea. Este reglamento establece que cualquier procesamiento de 

datos personales debe cumplir con principios de legalidad, equidad y transparencia, y debe ser justificado por un propósito legítimo y necesario. No  es el caso de la decisión del gobierno de la Generalitat. 

La creación de este tipo de listas fomenta un ambiente de desconfianza entre  los ciudadanos y la administración pública. Los individuos pueden sentir que  su libertad de conciencia está siendo controlada. 

La salvaguardia de este derecho incluye la prohibición explícita de la creación  de listas de objetores. 

El gobierno de Catalunya debe fomentar una cultura de respeto hacia la  diversidad de convicciones personales, asegurando que la objeción de  conciencia sea vista como una expresión legítima de derechos fundamentales y no como un obstáculo al cumplimiento de deberes legales o administrativos. 

En conclusión: el Gobierno de Catalunya debe proceder de forma inmediata a  dejar sin efecto el acuerdo por el cual se crean listas de objetores. 

Las organizaciones abajo firmantes piden a los grupos parlamentarios del  Parlamento recientemente constituido que adopten los acuerdos necesarios  para hacer efectiva esta petición. 

Firman esta Declaración: 

Corriente Social Cristiana 

Acció Familiar 

Asociación Católica de Propagandistas 

Afadona 

Apasionats per la Vida 

Associació Joves Pro-vida (Barcelona) 

Asociación Hogar de María para la Defensa de la Maternidad y la  Integridad de la Mujer 

Associació Pro Respecte a la Vida Humana Pro Vida (Barcelona) Deportistas por la Vida 

Metges Cristians de Catalunya (Miembro de la FIAMC)

Plataforma per la Família 

Projecte Raquel Barcelona 

RENAFER 

40 Días por la Vida (Catalunya)